Las causas se distribuyen en tres capítulos:
1) En razón de un impedimento canónico invalidante, que no fue dispensado, o que no podía serlo: edad, impotencia, ligamen, disparidad de culto, orden, voto, rapto, crimen, consanguinidad, afinidad, pública honestidad, adopción.
2) Por causa de un vicio o defecto del consentimiento matrimonial: carencia de suficiente uso de razón, grave defecto de discreción de juicio, incapacidad para asumir obligaciones esenciales, ignorancia de la naturaleza del matrimonio, error acerca de la persona o de una cualidad, dolo o engaño, error que determina a la voluntad, consentimiento simulado, consentimiento condicionado, violencia o miedo grave, ausencia de los contrayentes, falta de exteriorización del consentimiento, incapacidad legal del procurador.
3) Por falta de forma canónica requerida para la validez del matrimonio.
Cada una de estas causas se explican en el Código de Derecho Canónico en los cánones 1073-1123.
P. Miguel A. Fuentes, IVE